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Derecho: civil, laboral, familia, arrendamientos, administrativo,relaciones de consumo y protección de datos .
INTRODUCCIÓN “Me llaman a cualquier hora”, “me dicen que me van a embargar el sueldo”, “contactaron a mi vecino y se enteró de que debo”; suelen ser algunas de las expresiones, de aquellas personas que se sienten intimidadas por sus cobradores. En este apartado, trataremos de dar respuestas a las interrogantes que con frecuencia se plantean, así como informar acerca de los derechos y las vías que le asisten. PREGUNTAS FRECUENTES 1) ¿Es legal que me llamen para cobrarme por una deuda? Sí, todo acreedor puede gestionar el cobro extrajudicial de una deuda. No obstante, el ejercicio de ese derecho no puede derivar en un acoso al deudor. El deudor, como toda persona, tiene derecho a un trato digno y respetuoso. 2) ¿Me pueden embargar el sueldo? Respecto a este tema, se deben indicar tres aspectos: a) el embargo solo puede ser decretado por el juez; no por un particular. B) En segundo lugar, conforme el art. 381 del Código General del Proceso, el salari...
DIVORCIO ¿Qué es el divorcio? El divorcio, al igual que la muerte de uno de los cónyuges, es causal de disolución del matrimonio. Requiere, de un proceso judicial, y de una sentencia que declare disuelto el vínculo matrimonial. ¿Cuáles son las vías de tramitación y cuál me conviene más? En Uruguay existen cuatro formas de peticionar el divorcio: 1) por conversión de la sentencia de separación de cuerpos en divorcio (art. 185 CC); 2) El divorcio por causal –previstas en el artículo 148 del CC (art 187 numeral 1 C.C.); El divorcio por mutuo consentimiento de los cónyuges (art 187 numeral 2 C.C.); y finalmente, 4) Divorcio por sola voluntad de cualquiera de los cónyuges (art 187 numeral 3 C.C). Optar por una u ot...
Preguntas y respuestas 1) No me deja ver a mi hijo ¿Qué debo hacer? Deberá promover el proceso de visitas, salvo que ya exista un régimen previsto, por acuerdo homologado o por juez. 2) ¿Qué son las visitas? Es el derecho que tiene todo niño o adolescente de mantener vinculo con los miembros de su familia y con aquellas personas con las que conserve lazos afectivos estables (art 38 del CNA). 3) ¿Cómo se fijan? El principio general, es que, las visitas serán fijadas por acuerdo de parte. El acuerdo extrajudicial, se puede homologar, a fin de que adquiera eficacia jurídica. Cada una de las partes intervinientes, deberá ser asistida por un abogado. A falta de acuerdo, o en caso de perturbación de las visitas, la parte perjudicada deberá iniciar el proceso judicial. El juez tentara el acuerdo, y en su defecto fijará el régimen. 4) ¿Los abuelos pueden pedir vistas? Sí 5) No me pasa la pensión alimenticia ¿Puede pedir visitas? Sí puede, porque es el ...
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