INMUEBLES VACÍOS, DEGRADADOS, EN SITUACIÓN DE RUINA
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La ley Nº 19.676 promulgada el 26 de octubre de
2018, declara de interés general el cumplimiento de los deberes relativos a la
propiedad inmueble urbana, con el fin de evitar y revertir la existencia de
inmuebles vacíos o degradados
Clasifica los inmuebles en: vacíos, degradados, en
situación de ruina, con edificación paralizante, en situación de baldío
Para la consecución de su objeto, prevé el proceso
judicial de declaración de inmuebles vacíos o degradados y la eventual venta
judicial de los mismos, ante la omisión de los titulares registrales.
En la discusión parlamentaria, se plantearon
cuestiones en torno a la retroactividad de la ley, aplicación de la ley a
inmuebles cuyos titulares sean menores o incapaces. Respeto de las garantías
procesales, aspectos referentes a las presunciones establecidas y el precio del
bien en remate, cuando no hay oferentes.
La ley Nº 19.676 promulgada el 26 de octubre de
2018, declara de interés general el cumplimiento de los deberes relativos a la
propiedad inmueble urbana, con el fin de evitar y revertir la existencia de
inmuebles vacíos o degradados
Clasifica los inmuebles en: vacíos, degradados, en
situación de ruina, con edificación paralizante, en situación de baldío
Para la consecución de su objeto, prevé el proceso
judicial de declaración de inmuebles vacíos o degradados y la eventual venta
judicial de los mismos, ante la omisión de los titulares registrales.
En la discusión parlamentaria, se plantearon
cuestiones en torno a la retroactividad de la ley, aplicación de la ley a
inmuebles cuyos titulares sean menores o incapaces. Respeto de las garantías
procesales, aspectos referentes a las presunciones establecidas y el precio del
bien en remate, cuando no hay oferentes.
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