LA IGUALDAD Y SUS TIPOS.
Igualdad
¿A
qué nos referimos cuando hablamos de igualdad? ¿El concepto de igualdad es sinónimo de justicia? ¿Dar
a cada uno lo mismo nos hace iguales o acentúa la desigualdad?
En
estos tiempos donde discutimos, derechos como la igualdad y evaluamos que es
justo y que no, es necesario reflexionar a que nos referimos cuando hablamos de
igualdad.
“Libertad, igualdad, fraternidad”,
fue el lema utilizado por la Revolución francesa de 1789; ideas que luego
inspirarían a las primeras Constituciones nacionales e instrumentos internacionales de derechos
humanos.
En
nuestro país, la igualdad se encuentra consagrada en el art. 8 de la
Constitución, que reza: “todas las personas son iguales ante la ley no
reconociéndose otra distinción entre ellas sino la de los talentos o las
virtudes.”
El
texto, consagra la igualdad ante la ley,
una orden dirigida al juez o administrador, de aplicar la ley, sin considerar
las creencias religiosas, políticas, situación económica, sexo o nacionalidad
de aquel que se ve afectado por ella.
Se
relaciona con la imagen de la justicia, representada por una figura femenina con venda en los ojos, lo que significa que las normas se deben aplicar a todos por igual.
Pero
este tipo de igualdad, no refleja la realidad, ya que parte de la base de que
todos los hombres son iguales y en los hechos lo que predomina es la
desigualdad.
En
este sentido, Milton Ruibal, establece que: “la verdad indisputable es que no todos los hombres somos iguales ni
están en igual posición; los hombres son semejantes, no iguales. Hay hombres
sanos y hombres enfermos; capaces e incapaces; fuertes y débiles.” [1]
Ante
los cuestionamientos que se han formulado, el derecho a la igualdad, se ha
desdoblado en diferentes tipos: Igualdad
de la ley, en este caso el mandato no está dirigido a los aplicadores del derecho,
sino al legislador.
El
legislador, como representante de la ciudadanía, no debe desconocer los hechos
sociales, y la desigualdad que existe entre los hombres.
Entonces
¿En qué consiste la igualdad en la ley? Es un imperativo dirigido al creador de
la ley, para que no establezca un tratamiento desigual entre semejantes.
Ahora
bien ¿Aplicar la ley a todos por igual o elaborar leyes que traten de forma
igual a los iguales repara las desigualdades sociales? ¿Qué es la llamada
igualdad democrática?
El
Derecho, nace de la sociedad para la sociedad, y como tal debe reconocer que
hay grupos de personas en situación de vulnerabilidad, que no pueden acceder a
los mismos servicios u oportunidades que el resto de la población.
Por
tanto, el legislador, además de contemplar la no discriminación entre semejantes, debe procurar establecer los medios o condiciones, para que todas
las personas tengan la misma igualdad de oportunidades. Una igualdad que no
quede plasmada en los textos, sino en la realidad.
Sobre
la base de este concepto, es que ha surgido la idea de igualdad por la ley. La ley, es utilizada como instrumento para
corregir las desigualdades sociales.[2]
Barbagelata
enseña que: “lo fundamental es no perder
de vista que un verdadero sentido de la igualdad hace referencia a una igualdad
de oportunidades más que a una igualdad efectiva, esto es, trato desigualdad
para los hombres desiguales, pero iguales oportunidades para todos, y el
mantenimiento de unas condiciones que permitan a los hombres diferenciarse efectivamente
según sus talentos y sus virtudes.”[3]
Reflexiones finales
La
igualdad, se ha transformado en una meta del orden jurídico. Las últimas leyes
sancionadas en nuestro país, han establecido condiciones y mecanismos, para que
determinados sectores puedan acceder a las mismas oportunidades que el resto de
la población.
Se
trata de una aplicación del principio de igualdad por la ley, igualdad que
algunos autores denominan democrática.
La
igualdad no se logra aplicando la ley a todos por igual, o brindando un
tratamiento igual entre semejantes, se logra creando las condiciones necesarias
para que todas las personas posean las mismas oportunidades.
[1] Dibello, M. R. (1986). Sobre el concepto de igualdad.
En El concepto de derechos humanos. Un estudio interdisciplinario (pág.
103).
[2] Valdes Costa.R.(1992), Instituciones de Derecho Tributario, Bs. As., Depalma, 1992. (págs..415-416)
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