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Derecho: civil, laboral, familia, arrendamientos, administrativo,relaciones de consumo y protección de datos .
INTRODUCCIÓN “Me llaman a cualquier hora”, “me dicen que me van a embargar el sueldo”, “contactaron a mi vecino y se enteró de que debo”; suelen ser algunas de las expresiones, de aquellas personas que se sienten intimidadas por sus cobradores. En este apartado, trataremos de dar respuestas a las interrogantes que con frecuencia se plantean, así como informar acerca de los derechos y las vías que le asisten. PREGUNTAS FRECUENTES 1) ¿Es legal que me llamen para cobrarme por una deuda? Sí, todo acreedor puede gestionar el cobro extrajudicial de una deuda. No obstante, el ejercicio de ese derecho no puede derivar en un acoso al deudor. El deudor, como toda persona, tiene derecho a un trato digno y respetuoso. 2) ¿Me pueden embargar el sueldo? Respecto a este tema, se deben indicar tres aspectos: a) el embargo solo puede ser decretado por el juez; no por un particular. B) En segundo lugar, conforme el art. 381 del Código General del Proceso, el salari...
DIVORCIO ¿Qué es el divorcio? El divorcio, al igual que la muerte de uno de los cónyuges, es causal de disolución del matrimonio. Requiere, de un proceso judicial, y de una sentencia que declare disuelto el vínculo matrimonial. ¿Cuáles son las vías de tramitación y cuál me conviene más? En Uruguay existen cuatro formas de peticionar el divorcio: 1) por conversión de la sentencia de separación de cuerpos en divorcio (art. 185 CC); 2) El divorcio por causal –previstas en el artículo 148 del CC (art 187 numeral 1 C.C.); El divorcio por mutuo consentimiento de los cónyuges (art 187 numeral 2 C.C.); y finalmente, 4) Divorcio por sola voluntad de cualquiera de los cónyuges (art 187 numeral 3 C.C). Optar por una u ot...
INTRODUCCIÓN La violencia hacia las mujeres, es una problemática que conmueve a toda la sociedad uruguaya. Las autoridades, estiman que cada 14 minutos, se recibe una denuncia de violencia de género. [1] Incluso, existen estudios nacionales, que destacan que casi un 70 % de las mujeres de nuestro país, en algún momento de su vida han sufrido violencia física y/o sexual por parte de su pareja. [2] Ahora bien ¿ Qué es la violencia hacia las mujeres basada en género ? Naciones Unidas, la define como: todo acto que resulte , o pueda tener como resultado un daño físico, sexual o psicológico para la mujer, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la privada. [3] La palabra violencia, esconde en sí misma, una relación de dominación de una parte hacia otra, y puede revestir, distintas manifestaciones: violencia física, psicológica, sexual, patrimonial. Este fenóme...
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